El presente artículo pretende realizar un análisis que concierne a las dinámicas con las que el Derecho Económico Internacional,
partiendo de algunas disposiciones contenidas en su propio régimen,
pretende excluir obligaciones que han sido interpretadas desde otras
perspectivas y que, con el paso del tiempo, han ganado protagonismo
en los foros de discusión del Derecho Internacional. Los casos concretos
se circunscriben a los dirimidos en el Órgano de Solución de Diferencias
de la OMC y al Órgano de Apelaciones del CIADI, todo, en relación con la interpretación generada en otros sistemas desde una perspectiva alterna y que puedan tener un impacto final para Europa, para finalmente buscar una relación que marcaría precedente como el asunto relativo a la Convención sobre la Caza de Ballenas de la CIJ (Australia v. Japón).
Se buscará definir desde los Critical International Legal Theory (CILT), el
espíritu con el que surgieron las excepciones contenidas en el art. XX del
GATT, mismo que permite ver un acercamiento al enfoque ecocentrista que hoy en día impera en una parte del mundo y que pronto será el paradigma dominante.