La presente contribución tiene por objeto analizar la compleja y evolutiva labor jurisprudencial del Tribunal Europeo de Derechos
Humanos referente al respeto a la “vida familiar” recogido en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, con el objetivo de
examinar la incidencia que dicha dinámica construcción jurisprudencial
tiene sobre la protección de la vida familiar de las personas extranjeras,
especialmente, en los supuestos de reagrupación familiar y de expulsión
del territorio europeo. Para ello, se ha optado por la utilización de la técnica metodológica inductiva que combina el análisis del corpus jurisprudencial del Tribunal de Estrasburgo con las principales obras doctrinales
en la materia, y que resulta esencial para comprender el alcance de la
normativa analizada. Del análisis de la jurisprudencia estrasburguesa en
la materia se deduce la necesidad de reconsideración del enfoque del
Tribunal con respecto a la ponderación de intereses, especialmente, la
consideración primordial del interés general de la infancia en aquellos supuestos donde la denegación de entrada o las decisiones de expulsión perturban el adecuado desarrollo y protección de la vida familiar de
la infancia migrante.