Al observar la trayectoria milenaria de las personas sordas en el mundo, se puede notar que existir en una sociedad oyente no es un ejercicio muy simple. Las comunidades sordas y sus lenguas de señas sufrieron su proceso de desarrollo en la clandestinidad, y por muchísimo tiempo en la historia de la humanidad, hasta incluso sus vidas eran prohibidas. A partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU, 1948), después de los horrores de la Segunda Guerra Mundial, las personas con discapacidad auditiva tuvieron su derecho de vivir asegurado, y el activismo sorderista de las Asociaciones de Sordos en alrededor del planeta ha logrado otros derechos inherentes a las personas sordas cómo la comunicación, educación, respecto a su cultura y expresión de la lengua de señas. Sin embargo, todavía en los días actuales, las comunidades sordas latinoamericanas sufren con las barreras linguísticas y comunicacionales a causa de la falta del reconocimiento y difusión de sus lenguas maternas: las señas. Así, lo necesario es que se haga una análisis acerca de cómo el reconocimiento de las lenguas de señas en el ámbito del Derecho Constitucional puede ser un camino importante para la consolidación de la democracia y de la libertad de expresión de los sordos. Es fundamental saber que la democracia debe ser accesible a todas las personas y grupos, y que solo es alcanzada en plenitud a partir del ejercicio del lenguaje, de la autonomía y del acceso a derechos básicos por todos los ciudadanos, independientemente de su condición existencial. Por eso, con una análisis histórica y dialéctica, va a ser abordada la relevancia del reconocimiento de la lengua de señas para la manutención y garantía plena del ejercicio democrático y de la libertad de expresión de los sordos latinoamericanos. La hipótesis de esa investigación es la interferencia del reconocimiento constitucional de los derechos linguísticos en la garantía del acceso a los derechos fundamentales por las comunidades sordas. En ese sentido, el resultado que se muestra claro es que la difusión de la comunicación en lengua de señas es un importante marcador decisivo para garantizar el gozo pleno de los derechos fundamentales, civiles y democráticos por parte de los sordos.