LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS EN SITUACIONES DE EMERGENCIAS SANITARIAS:

Estudio desde el sistema americano y europeo de derechos humanos
Ana Cristina Gallego Hernández – Universidad de Sevilla

Resumo:

El artículo 27 de la CADH y 15 del CEDH, establecen requisi- tos de fondo y de forma para que, cuando esté debidamente argumenta- do y sin afectar al núcleo duro de derechos, los Estados puedan suspen- der el pleno goce y ejercicio de un derecho protegido por los respectivos instrumentos. Respecto a la actual emergencia sanitaria internacional causada por la COVID-19 respecta, decenas de estados europeos y americanos han suspendido ciertos derechos para poder adoptar medi- das que le permitan preservar esencialmente el Derecho a la salud. Esta investigación, combinando el método exegético jurídico y el compara- tivo, examina la situación excepcional por la que un Estado adoptada ciertas medidas que pueden llegar a implicar la suspensión temporal de derechos o garantías, como son las de carácter sanitario; qué límites y condiciones procedimentales se exigen en los sistemas destacados para que la interrupción de las garantías sea de conformidad al derecho; y, en base a la actual pandemia de la COVID-19, se analizarán qué medidas, fundamentadas en la suspensión, parecen necesarias adoptar en situa- ciones de emergencias sanitarias.

ISSN:

2763-8685

DOI:

https://dx.doi.org/10.51799/2763-8685v2n011

Journal Title:

Latin American Journal of European Studies

Volume:

2

Issue:

1

FirstPage:

357

LastPage:

388

Date:

Keywords:

Suspensión, CEDH, CADH