La modernización del Acuerdo Global entre la Unión Europea y México: ¿Finalmente, una realidad?

Mónica Velasco Pufleau*

El 17 de enero de 2025, representantes de la Unión Europea (UE) anunciaron la conclusión de las negociaciones políticas para modernizar el “Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra” (mejor conocido como “Acuerdo Global”) [1], vigente desde el año 2000 [2]. Más de una década atrás, la UE y México expresaron su intención de explorar opciones para actualizar este Acuerdo durante la I Cumbre de Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno de la UE y de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), celebrada en Santiago de Chile en enero de 2013 [3]. Exploradas dichas opciones, el Consejo de la UE aprobó el mandato para negociar la modernización en mayo de 2016 [4].

El anuncio referido representa, sin lugar a dudas, un logro sumamente importante. Sin pretender desmeritarlo, cabe recordar que esta no es la primera ocasión que se anuncia la finalización de las negociaciones para modernizar el instrumento jurídico internacional que rige actualmente las relaciones entre la UE y México. En 2020, las partes comunicaron la conclusión de las negociaciones para actualizar el pilar comercial del Acuerdo Global, tras alcanzar un Acuerdo en Principio en 2018 [5]. A su vez, las negociaciones sobre diálogo político y cooperación concluyeron en su totalidad en 2019, basándose en un primer pacto de 2017 [6].

Sin embargo, varios factores aplazaron el cierre definitivo del proceso de modernización del Acuerdo Global en aquel entonces. Entre ellos destacan los cambios en la política energética de México bajo la presidencia de Andrés Manuel López Obrador (2018-2024), así como desacuerdos sobre la arquitectura final del Acuerdo. Por un lado, estaban quienes apoyaban que el Acuerdo Global modernizado se firmara como un instrumento único. Por otro lado, existía la propuesta de separarlo en tres instrumentos que abarcaran distintas áreas del Acuerdo. Aunque se registraron ciertos avances al llegar a un arreglo sobre la estructura final, consistente en firmar un acuerdo interino sobre cuestiones comerciales adicional al nuevo Acuerdo Global, la firma de estos instrumentos nunca se concretó [7].

Visto desde una perspectiva euro-latinoamericana más amplia, lo anterior contrasta claramente con la finalización de la actualización del Acuerdo de Asociación UE-Chile [8], llevada a cabo prácticamente en paralelo a la del Acuerdo Global. En diciembre de 2023, las partes firmaron el “Acuerdo Interino de Comercio entre la UE y la República de Chile”, vigente desde el 1 de febrero de 2025 [9], así como el “Acuerdo Marco Avanzado entre la UE y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra”, en proceso de ratificación en los Estados miembros [10]. Junto con el Acuerdo Global, el Acuerdo de Asociación UE-Chile (firmado en 2002) fue el primer acuerdo de cuarta generación en América Latina, cubriendo no solo cuestiones de cooperación, sino que también institucionalizó el diálogo político y permitió establecer una zona de libre comercio entre las partes [11].

Al igual que en los años en los que el proceso de modernización del Acuerdo Global UE-México se paralizó por primera vez, los pasos a seguir tras el reciente anuncio de la conclusión de las negociaciones en enero de 2025 incluyen una revisión jurídica final y la traducción del texto modernizado a las lenguas oficiales de la UE [12]. Además, el Consejo de la UE deberá adoptar una decisión para proceder a la firma, antes de que se inicien los correspondientes procedimientos de ratificación en ambos lados del Atlántico. En México, el Senado de la República será el encargado de pronunciarse sobre dicha ratificación, mientras que en la UE el procedimiento es más complejo. Primero, el Parlamento Europeo deberá aprobar (o no) la celebración de los acuerdos firmados [13]. Si el acuerdo aprobado solo abarca ámbitos de competencias exclusivas de la UE, este entrará en vigor una vez ratificado por el Senado mexicano. Por el contrario, si el acuerdo abarca ámbitos pertenecientes a las competencias compartidas entre la UE y sus Estados miembros, deberá ser ratificado también por los 27 parlamentos nacionales y, en algunos casos, por los parlamentos regionales de los Estados miembros (como en Bélgica) para entrar plenamente en vigor. Este último procedimiento puede durar varios años, incluso más de una década. Basta mencionar el caso del “Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la UE y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro”, que fue firmado en 2012 y no entró en vigor en su totalidad hasta 2024 [14].

Como se ha señalado en varias ocasiones, la modernización del Acuerdo Global es crucial no solo porque amplía las oportunidades comerciales y de inversión para ambas partes, sino porque fortalece y profundiza el diálogo político y la cooperación a nivel bilateral y multilateral en un mundo cada vez más polarizado [15]. Por ejemplo, se prevé la inclusión de un ambicioso capítulo de comercio y desarrollo sostenible, que abarca compromisos de lucha contra el cambio climático en el marco del Acuerdo de París; este último, rechazado recientemente por Estados Unidos bajo la administración Trump (2025-2029). Además, se planea incorporar un capítulo sobre comercio digital, que se espera contribuya a enfrentar los retos traídos por la rápida digitalización de nuestras economías y sociedades [16]. A nivel birregional, el capítulo favorecerá especialmente la implementación de la Alianza Digital UE-América Latina y el Caribe, aprobada como uno de los logros más importantes de la última Cumbre de Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno UE-CELAC, celebrada en Bruselas en julio de 2023 [17]. Si esta vez existe la suficiente voluntad política por parte de la UE, sus Estados miembros y México, es posible que finalmente logremos tener un Acuerdo Global modernizado.

[1] Diario Oficial de la UE (DOUE) L 276/45, 28/10/2000.
[2] Comisión Europea (CE), Los negociadores concluyen el Acuerdo Global modernizado con México, 17/01/2025, https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_25_248.
[3] Consejo de la UE, Santiago Declaration, 27/01/2013, https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-5747-2013-INIT/en/pdf.
[4] Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) de México, México y la Unión Europea anuncian el inicio de las Negociaciones para la Modernización de su Marco Jurídico Bilateral, 24/05/2016, https://www.gob.mx/sre/prensa/mexico-y-la-union-europea-anuncian-el-inicio-de-las-negociaciones-para-la-modernizacion-de-su-marco-juridico-bilateral.
[5] Delegación de la UE en México, La UE y México concluyen las negociaciones de un nuevo acuerdo comercial, 28/04/2020, https://www.eeas.europa.eu/delegations/m%C3%A9xico/la-ue-y-m%C3%A9xico-concluyen-las-negociaciones-de-un-nuevo-acuerdo-comercial-0_es; Secretaría de Economía de México, México y la Unión Europea concluyen proceso de negociación de la modernización del TLCUEM, 28/04/2020, https://www.gob.mx/se/articulos/mexico-y-la-union-europea-concluyen-proceso-de-negociacion-de-la-modernizacion-del-tlcuem?idiom=es.
[6] Servicio Europeo de Acción Exterior, México y la Unión Europea pactan sobre los temas políticos y de cooperación en el proceso de modernización del Acuerdo, 05/12/2017, https://www.eeas.europa.eu/node/36797_es; SRE, México y la Unión Europea reafirman su compromiso de continuar fortaleciendo la asociación estratégica, 11/09/2019, https://www.gob.mx/sre/es/articulos/mexico-y-la-union-europea-reafirman-su-compromiso-de-continuar-fortaleciendo-la-asociacion-estrategica-216950?idiom=es.
[7] Sobre estos temas, ver las tres notas de política pública sobre la modernización del Acuerdo Global, coeditadas por la Konrad-Adenauer-Stiftung México y el European Institute of International Studies, disponibles en: https://ieei.eu/publications. Ver también la conferencia internacional celebrada en la Cámara de Diputados de México el 26/05/2022, disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=s1eSSYYR-qw&t=3708s y https://www.youtube.com/watch?v=lfvrjIgkBTI&t=2999s.
[8] DOUE L 352/3, 30/12/2002.
[9] DOUE L 2025/67, 13/01/2025.
[10] Sobre más detalles, ver https://www.consilium.europa.eu/en/documents-publications/treaties-agreements/agreement/?docLanguage=en&id=2023027.
[11] Sobre la estrategia de la UE hacia América Latina en la época, ver CE, Comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo. Unión Europea-América Latina: Actualidad y perspectivas del fortalecimiento de la Asociación 1996-2000, 23/10/1995, COM(95) 495 final.
[12] CE, Los negociadores concluyen el Acuerdo Global, op. cit.; Noticias Parlamento Europeo, Los eurodiputados celebran el acuerdo actualizado entre la UE y México, 17/01/2025, https://www.europarl.europa.eu/news/es/press-room/20250117IPR26335.
[13] Se habla en plural, suponiendo que la UE y México continuarán con la decisión de firmar un acuerdo interino, además de un Acuerdo Global modernizado.
[14] Sobre este procedimiento, ver https://www.consilium.europa.eu/en/documents-publications/treaties-agreements/agreement/?docLanguage=en&id=2012001.
[15] Ver supra nota 7.
[16] CE, Los negociadores concluyen el Acuerdo Global, op. cit
[17] Sobre este tema, ver Velasco Pufleau, M., “La Alianza Digital como Oportunidad para Profundizar las Relaciones entre la Unión Europea y América Latina y el Caribe”, en Inteligencia Artificial y Diplomacia: Las Relaciones Internacionales en la Era de las Tecnologías Disruptivas, Caracas: Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe, 2024, pp. 89-100, https://orbilu.uni.lu/handle/10993/62003.

*Mónica Velasco Pufleau
Doctora en Derecho. Directora de la Cátedra sobre Relaciones UE-América Latina y el Caribe del European Institute of International Studies.