Observatory on European Studies - Parlamento decide sobre Ucrania ¿Qué implica esta resolución?

2022-07-04

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Valentina Garzón Tello*

Walter Arévalo-Ramírez**

El pasado 23 de junio, el Parlamento Europeo se reunió para definir el estatus de candidatos de Ucrania, Moldova y Georgia y emitir una resolución sobre el asunto en su proceso para ser parte de la UE. La aplicación para ser miembros de la UE se vio acelerada por el recrudecimiento del conflicto entre Ucrania y Rusia en el cual, Ucrania se ha visto afectada tanto en su soberanía como en la presunta comisión de crímenes de guerra en su territorio (que dio inició a un procedimiento cautelar ante la CIJ el pasado 16 de marzo), y en el que  Moldova y Georgia han visto la amenaza de ocupación territorial por parte de Rusia. 

Los argumentos expuestos en la resolución fueron los siguientes:  la grave amenaza que para estos Estados significa el actual conflicto y los crímenes de guerra, la determinación de Ucrania por defender los ideales y seguridad de la Unión Europea, el cumplimiento por parte de los tres países de los principios estipulados en el Art. 2 del Tratado de la Unión Europea, el apoyo incesante de estos Estados a la Unión Europea en temas como la solidificación de la democracia en el continente  y sus ideales afines con los de la UE, como se menciona en el parágrafo G de la resolución. Estos fueron las bases para la construcción de decisiones tomadas entre las cuales se encuentran: la ratificación de la decisión de la Comisión de conferir la candidatura a los Estados (parágrafo 2, resolución (2022/2716(RSP)), invitación a los jefes de Estado de los Estados miembros a hacer lo mismo y a dar luz verde a la ampliación de los Balcanes Occidentales que impide la adhesión de los países, como lo recomendará el Consejo Europeo.

Esta decisión, aunque resulta esperanzadora, no puede sesgar la realidad. En primer lugar , esta resolución tiene efectos meramente políticos y simbólicos, pues dentro del proceso no se contempla la aceptación del parlamento como un paso necesario para la candidatura. En segundo lugar para que un Estado pueda iniciar a negociar su ingreso a la Unión Europea debe cumplir con los criterios establecidos en Acuerdos de Copenhague, el incumplimiento de estos ha congelado postulaciones como la de Turquía, que lleva varios años intentando adherirse a la UE. La inestabilidad política también ha retrasado otras adhesiones y no es claro si más adelante, en el proceso de adhesión, el conflicto inhiba la posibilidad de estos países a unirse.

Adicionalmente, en el proceso de negociación se podrían hacer concesiones que resulten imposibles de cumplir en periodos de conflicto, como la lucha contra la corrupción, en tanto los recursos están dirigidos a resolver la crisis bélica, como lo sugiriera la eurodiputada Clare Deli, irlandesa de la izquierda europea, que advirtió los peligros de un proceso de adhesión con un conflicto simultaneo: “Ucrania absolutamente debería poder unirse a la UE, pero en términos que no arruinen a su gente, y cuando esté lista y cuando la mayoría de su gente elija. Pero eso ciertamente no sucederá mientras el país sea una zona de guerra activa.”

Lo que sí es cierto, es que para la Unión Europea la ampliación en el frente oriental es casi imperativa. En el parágrafo H de la resolución del 23 de junio se hace alusión a la necesidad de la ampliación de la Unión Europea para proteger la estabilidad y seguridad de la región. Es incierto si la adhesión de Ucrania puede significar más estabilidad, sin embargo, de no defender a dicha nación, la UE se vería en graves problemas, pues en caso de un golpe de Estado y la exitosa instalación de un gobierno pro-ruso, ya no existiría una barrera entre la UE y Rusia, que le proteja ante posibles ocupaciones del territorio europeo. Además, en términos políticos esta decisión tiene una carga simbólica fuerte: los tres países que buscan adherirse apoyan irreversiblemente a la Unión Europea y están unidos. Así lo declaró la presidente Ursula Van der Layen (2022) después de la adopción del texto :

“Permítanme enfatizar que estoy profundamente convencida de que la decisión que hemos tomado hoy nos fortalece a todos. Fortalece a Ucrania, Moldavia y Georgia frente a la agresión rusa, y fortalece a la Unión Europea porque muestra una vez más al mundo que estamos unidos y somos fuertes frente a las amenazas externas”

Ahora bien, los beneficios para Ucrania son mayores. En primera instancia, al ser miembro de la Unión Europea tendría como derecho invocar la protección y ayuda por parte de los otros Estados miembros; es decir, si su adhesión se da antes de la finalización del conflicto, tendría más recursos para defenderse ante los ataques de Rusia. Adicionalmente, la integración al bloque comercial de la UE le ofrece  un panorama menos sombrío económicamente una vez termine la guerra. No obstante, el proceso de adhesión puede tomar años, por tanto, Ucrania se debe enfocar en buscar acuerdos prácticos y a corto plazo; fiarse de la adhesión como único camino para recibir así apoyo, sería perjudicial y contraproducente.

A modo de conclusión, si bien el poder simbólico de la resolución del parlamento es importante, también lo es entender que sus efectos prácticos no son abundantes, no al menos frente su adhesión. El proceso venidero es largo y tedioso, principalmente porque los países no se encuentran por el momento en capacidad de desviar su atención a asuntos como la corrupción o el cumplimiento de los estándares europeos en materia de calidad de vida, macroeconomía, salud, educación, y muchos otros que suelen ser considerados en el proceso de adhesión, mientras que su población se ve atemorizada día a día por un conflicto que lleva ya más de 4 meses. En este momento, con su estado de candidatos les es más sencillo comunicarse con países europeos y lograr acuerdos inmediatos que tengan un mayor alcance y sean eficaces frente a la inestabilidad política y los retos que el conflicto representa.

 

Referencias:

Corte Internacional de Justicia. (2022, 16 marzo). Alegaciones de genocidio bajo la convención sobre el prevención y sanción del delito de genocidio. Lista general No. 182. https://www.icj-cij.org/public/files/case-related/182/182-20220316-ORD-01-00-EN.pdf

Daly, C. (2022, 29 junio) Explicación de voto frente a la resolución (2022/2716(RSP)) Parlamento Europeo. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/CRE-9-2022-06-23-INT-2-124-0000_EN.html

Rincón, M. C. (2022, 24 junio). La UE aceptó a Ucrania y Moldavia como países candidatos para ingresar al club comunitario. France 24. https://www.france24.com/es/europa/20220624-luz-verde-ucrania-moldavia-candidatos-ingreso-uni%C3%B3n-europea

Parlamento Europeo. (2022, 23 junio). Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de junio de 2022, sobre la condición de país candidato de Ucrania, la República de Moldavia y Georgia (2022/2716(RSP)) Parlamento Europeo. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2022-0249_EN.pdf

Unión Europea (1992). Tratado de la Unión Europea. Diario Oficial de las Comunidades Europeas, 29 de julio de 1992, núm. 191, pp. 1-112. http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf

 

*Valentina Garzón Tello

Estudiante de Jurisprudencia (U. Rosario). Monitora del curso de Fundamentos del Derecho Internacional.

 

**Walter Arévalo-Ramírez

Profesor Principal de Carrera. Universidad del Rosario. (Colombia). Coordinador Local, Jean Monnet Network "Bridge Project".