A nivel europeo, el principio de no discriminación está consagrado expresamente,
en primer lugar, en el artículo 2 del TUE. En el contexto de la CEE, este principio
reflejaba exclusivamente el rechazo a cualquier política proteccionista que pudiera
obstaculizar, no solo la creación del mercado común, sino más ampliamente, la realización
de cualquier forma de libre comercio. Con la transición a la UE y, sobre todo, con la
institución de la ciudadanía europea, por otro lado, la prohibición de la discriminación
pasa a formar parte de este reducido grupo de principios que caracterizan el propósito
fundamental del nuevo proyecto europeo —es decir, la asimilación de los ciudadanos
de los Estados miembros—, convirtiéndose en un instrumento para la afirmación de la
UE como un espacio unitario basado en la identidad. La investigación que se lleva a cabo aborda el principio de no discriminación en la Unión Europea y la atribución de
efectos directos horizontales en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea.